este JUZGADO DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, da por consumado el presente Acto, de conformidad con lo previsto en el Art. 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA) e imparte su HOMOLOGACION.- Procédase como en sentencia pasada con Autoridad de Cosa Juzgada Formal.- Así mismo, se ordena librar oficio al ciudadano (a) Director y/o Jefe de Personal de la empresa ALBATRO MICRO C.A., ubicada en la zona industrial del Municipio Falcón del Estado Cojedes; a los fines de que proceda a realizar los descuentos antes convenidos entre las partes, directamente de la nomina de trabajo y a partir de la presente fecha, Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.- Igualmente librese oficio.....