este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA Primero: El Archivo de las Actuaciones de la Causa 4C-468-04 Segundo: El Cese de todas las medidas de coerción Personal, cautelares y de aseguramiento impuestas y así como el cese de la condición de imputados, del ANTONIO JOSE GONZALEZ, en cuyo favor este Tribunal acuerda su Libertad Plena. Tercero: La investigación seguirá solo, si surgen nuevos elementos que así lo justifiquen, previa autorización del Juez, todo de conformidad con el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Cuarto: Ofíciese al alguacilazgo y notifíquese de la presente decisión. Remítanse las actuaciones al archivo Judicial.