DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental Nº 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por Fiscal Décimo del Ministerio Publico a Nivel Nacional con Competencia Plena. SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 191 en relación con el artículo 195, ambos del Código Orgánico Procesal Penal se ANULA el fallo impugnado, decretado en fecha 19 de enero de 2005, por la Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, donde se decreta el Sobreseimiento a favor del Ciudadano JOSE LUIS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° 3.044.090, residenciado en el sector el jabillo, calle las mariposas, casa s/n, Estado Cojedes, al haber sido conculcado el debido proceso, la tutela judicial efectiv.....