-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO EL PAODE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en
el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: Declarar bastantes y
suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana YERIS DEL CARMEN MACHADO CARDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.364.469, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal constante de un área de construcción de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, (300 M²), con un área de construcción de OCHENTA METROS CUADRADOS (80,00 M²), ubicada en el Sector "La Villa", del Municipio Autónomo El Pao de San Juan Bautista, del Estado Coj.....