Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la confesión Ficta respecto de los demandados de autos Cooperativa Sol de Taguanes 98.724 R.L y a título personal los ciudadanos Zhaira Génova García Malpica e Ismael Gerónimo Pérez Ruiz.
Segundo: Con lugar la demanda de Prestaciones Sociales, a favor del ciudadano Luís Manuel Medina Loyo, en los términos antes descritos.
Tercero: Se ordena Experticia Complementaria del Fallo.
Cuarto: Se ordena la inclusión del ciudadano Luís Manuel Medina Loyo en el Seguro Social.
Quinto: Se condena a los demandados autos Cooperativa Sol de Taguanes 98.724 R.L y a título personal los ciudadanos Zhaira Génova García Malpica e Ismael Gerónimo Pérez Ruiz, a pagar la cantidad de ciento veinte unidades Tributarias (120 UT), cantidad que deberá ser depositada al Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Carlos del Estado Cojedes......