este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, de conformidad con el Artículo 555 de la Ley Orgánica para Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley decreta lo siguiente: PRIMERO: Homologado como ha sido la conciliación entre las partes por el Tribunal de control mediante RESOLUCION JUDICIAL DE CONCILIACIÓN que riela a los folios 154 al 159 de la presente causa de fecha 22 de septiembre del año 2009 y visto el cumplimiento de las obligaciones Impuestas por este Tribunal en la Audiencia Oral para la audiencia preliminar, en la cual como incidencia se resolvió sobre la Conciliación, en la misma fecha de 22 de septiembre del año 2009, donde los Adolescentes Acusados, se comprometieron a cumplir obligaciones......