IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGARel divorcio entre los ciudadanosJairo José Mieres Dávila, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.423.602yAna María Marcano Ávila, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.951.168, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día nueve (09) deagosto del año dos mil trece (2013), contraído por ante el Registro Civil del municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, el día nueve(09) de a.....