En orden a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO CANELON NATERA, titular de la cedula de identidad N.º V- 10.324.425; contra la entidad de trabajo CORPORACIÒN DE SERVICIO DE VIGILANCIA Y DE SEGURIDAD COJEDES SEGURO, S.A (CORPOSERVISESC S.A); por motivo de cobro de diferencia de Prestaciones Sociales y otros beneficios Laborales.