Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara: Desistido el procedimiento de Autorización para tramitar pasaporte, formulado por la ciudadana Sonia Pereira Otero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.814.211, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.283, a favor de la joven Yulay Jacqueline Gutiérrez Pereira, venezolana, de diez y ocho (18) años de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.709.723, por falta de impulso procesal de las partes, en consecuencia se extingue el procedimiento. Se ordena remitir el asunto al Archivo Judicial. Así se decide.
Regístrese, Publíquese.