VII
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación con Efecto Suspensivo, ejercido por el Abogado Manuel González, en su carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Primera del Ministerio Público. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 17 de Abril de 2012, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le fue impuesto al imputado EDUARDO ANTONIO GUERRA, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, consistente en la Presentación Periódica cada quince (15) días, ante la Unidad de Alguacilazgo, de conformidad con el ordinal 3° del Artículo 256 del Código O.....