IV-
DECISIÓN
En consecuencia, con vista a los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por Autoridad de Ley conforme a derecho declara: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO DE FECHA DOCE (12) DE DICIEMBRE DE 2024, PROCEDIÉNDOSE COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese, incluso en la página Web de este Tribunal. Déjese copia certificada por Secretaria y digitalizada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los veinte (20) días del mes de Febrero del año dos mil veinticinco (2025). Años: 212º de la Independencia y 165º de la Federación.