IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, entre los ciudadanos osé Adilson Meriño Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-7.074.269 y Rosa Noyin Ochoa Sequera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-9.830.354, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges ya identificados, y disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día diez (10) de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco (1985), según acta Nº Nº 362, Tomo II, folio 64fte, de fecha 07/10/2022 del libro de Matrimonios Registro Civil del Municipio Los Guayos, del estado Carabobo Publíquese, re.....