CAPÍTULO III
DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación, interpuesto por el abogado Salim Richani, actuando en su carácter de apoderado de la Sociedad Mercantil Restaurant Swaida C.A., en contra de la decisión de fecha Cinco (05) de Diciembre del año Dos Mil Once (2011), dictada por el Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión emanada del Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de fecha Cinco (05) de Diciembre del año Dos Mil Once (2011), en el Juicio seguido por concepto de Desalojo, por el Ciudadano, Daoud Melhem, Aboud Diab Ifat en contra de la Sociedad Mercantil Restaurant Swaida C.A. TERCERO: Se condena en costas a la parte accionante del present.....