Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, Primero: Se decreta separados legalmente de cuerpos y de bienes, los ciudadanos: Maria Eugenia Escalona Marcano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.024.881 y Edgar Arbei Pérez Fuentes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.132.196, respectivamente. Segundo: Se suspende la vida en común de los mismos de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y siguientes del Código Civil Venezolano a los ciudadanos Maria Eugenia Escalona Marcano y Edgar Arbei Pérez Fuentes, celebrado por el Registrador Civil del Municipio Valencia del est.....