-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley: decreta la Homologación de la Transacción en la demanda por Desalojo de Local Comercial, presentada porlaabogadaEugenia Muñoz de Montiel, en su carácter de Procuradora General del Estado Bolivariano de Cojedes, parte accionante y la ciudadana Ikza Milagro González Rivas, en su carácter de Vicepresidenta de la parte demandada, Sociedad Mercantil Droguería Galeno 2021 C.A, asistida por el abogado Arnoldo José Ynojosa Robles, todos suficientemente identificados en autos, acordando tenerla como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.Así se decide.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la pre.....