IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio entre los ciudadanos JOSE MIGUEL PINTO MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.594.644 y MARY FLOR CARRASCO MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.424.552, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día Dieciséis (16) de Abril del año Mil Novecientos Noventa y Siete (1997), según se evidencia del Acta Nº 061, de fecha 16-04-1997.
Publíquese, regístrese.....