- CAPÍTULO V -
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento presentado por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA PINEDA SILVA, ALFREDO RAMON PINEDA SILVA, ELIZABETH JOSEFINA PINEDA SILVA y JONNY OVIDIO PINEDA SILVA, titulares de las cédula de Identidad números: V-9.536.630, V-7.539.494, V-8.674.306 y V-9.536.659, respectivamente, venezolanos, todos mayores de edad, domiciliados en la ciudad de San Carlos Municipio Ezequiel Zamora Del Estado Cojedes, asistidos por el abogado JOHN FITGERAIT RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.251.947, pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los Artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil. As.....