Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada en contra del auto de fecha 16 de julio 2014, mediante el cual se considera improcedente el suspender la referida audiencia bajo los alegatos esgrimido por el Apoderado Judicial de la accionada, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; en consecuencia, se confirma la decisión recurrida. Se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de origen, vale decir, Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los efectos que fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar en el asunto principal HP01-.....