ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Con fundamento en el Artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda: PRIMERO: Revisar la Medida, pero sin modificarla ni sustituirla, acordando por lo tanto mantener la sanción al joven (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente) , a los fines de que cumpla cabalmente con la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, acompañada de una TERAPIA PSICOLOGICA, de conformidad con lo previsto en el articulo 620 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto en el articulo 456 del Código Penal, en perjuicio de DESIRE NAYARIYH ESCOBAR SILVA. Si.....