DECISIÓN.
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE, la demanda de Incumplimiento de Contrato, presentada por el ciudadano Luis Ernesto Pacheco Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.752.584, actuando con el carácter de Apoderado de los ciudadanos Julio Cesar Pacheco Martínez, Kenny Rubén Piña Piña, Mary Johana Reyes Castillo y Omaira Griselda Martínez de Pacheco, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles en derecho, de estado civil solteros los dos (02) primeros, divorciada la tercera y viuda la última, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-15.860.769, V-18.167.824, V-16.425.732 y V- 6.736.842 respectivamente, debidamente asistido por los profesionales del derecho.....