IV.- Decisión.-
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara: Primero: Con Lugar la presente demanda Mero Declarativa de Unión Estable de Hecho (Concubinaria) intentada por el ciudadano Marcos Daniel Ruiz Noguera en contra de la ciudadana Eglys Carolina Delgado Mendoza.-
Segundo: Se declara que existió una Unión Estable de Hecho (Concubinato) entre los ciudadanos Marcos Daniel Ruiz Noguera y Eglys Carolina Delgado Mendoza, identificados con las cédulas de identidad números V.18.974.096 y V.16.425.566, en su orden, desde el siete (7) de agosto del año dos mil once (2011), hasta el día el doce (12) de marzo del año dos mil dieciocho (2018), ordenándose la publicación en un periódico de un extracto de la sentencia a .....