En consecuencia, como corolario de lo expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: ABANDONADO EL TRÁMITE y en consecuencia TERMINADO el procedimiento en la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano ALVISE TREVISAN, contra los ciudadanos DARIO FERNANDO SANDOVAL y EDITH MORALES, todos suficientemente identificados en actas.-
SEGUNDO: Se le IMPONE a la parte actora ciudadano ALVISE TREVISAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.987.991, una multa por la cantidad de BOLÍVARES CINCO (Bs.5,00), cantidad que deberá ser integrada al Fisco Nacional mediante depósito realizado a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Ven.....