PRIMERO: Se acuerda RECTIFICAR EL ERROR cometido por el Juez de Juicio Nº 01 al acumular la causa 1M-1631-06, Expediente Fiscal Nº 54.194-06 seguida en contra de los ciudadanos Ismenia Licon y Maritza Licon, a la causa 1M-1757-07, expediente fiscal Nº 5.962-96 seguida en contra de la ciudadana Maritza Licón, dejando sin efecto la acumulación efectuada, a fin de que la causa 1M-1757-07 (1U-940-03) sea decidida conforme a las reglas previstas para las causas en transición, todo de conformidad con el artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda colocar nueva carátula a las piezas que conformaran la causa 2M-1944-08, con indicación del numero de pieza correspondiente a fin de corregir el error advertido, quedando corregido el error existente. TERCERO: Se acuerda colocar copia del presente auto en la causa 2M-1944-08 y en la causa de transición a la cual se debe dar entrada en este Tribunal. CUARTO: Se acuerda dar entrada en el libro de causas a las actuaciones cor.....