-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana NURY MAGDALENA LOPEZ ESQUEDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-6.860.345, domiciliada en el sector Mapuey, casa s/n, Municipio San Carlos, estado Cojedes, la cualidad de Única y Universal Heredera de quien en vida respondieran al nombre de EPIFANIO LOPEZ RIOS y MERY MAGDALENA ESQUEDA DE LOPEZ, y fueran venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 1.891.159 y V-626.985, con vocación hereditarias y derechos sobre el acervo de bienes existentes al momento del fallecimiento de la prenombrada.....