En lo que concierne a la devolución de los documentos originales, requerido por la accionante, el Tribunal acuerda en conformidad lo solicitado. En consecuencia, desglósese y devuélvase original previa su certificación en autos de los documentos a que se refiere dicha diligencia; comisionándose para la obtención de la copia a la Ciudadana MARLENY SEIJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.964.984, Asistente de este Tribunal quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación y cada uno de sus folios; de conformidad con lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Así se resuelve.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, y Publíquese en la Página Web de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y.....