éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos CANINCIA ADELINA ORTEGA TABORDA y JONNY RAFAEL MORENO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.231.488 y V-17.888.215, respectivamente, y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy, 19 de Mayo de 2.011, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-