DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano, SANTIAGO MIGUEL CABRERA REYES Y JOSE FRANCISCO APARICIO AULAR, Defensores Privados, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 28 de febrero de 2011, mediante el cual CONDENA a los ciudadanos WILLIAMS JOSE HENRIQUEZ PINTO, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS de prisión, por la presunta comisión del delito de: ROBO SIMPLE Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado los articulos 455 y 218 del Código Penal. ASI SE DECLARA.
Regístrese, déjese copia autorizada y remítase en su oportunidad legal. CÚMPLASE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelacione.....