Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Luis Villavicencio, en su condición de Defensor Público Penal, contra la decisión dictada con ocasión a la Audiencia de Presentación de Imputado celebrada el 29 de Diciembre de 2009, mediante la cual se le impuso al ciudadano NELSON ANTONIO BLANCO, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA y VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, al encontrarse llenos los extremos exigidos en los Artículos 250 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.