Por la razones expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el desistimiento en los mismos términos en que fue expuesto, por la abogada en ejercicio ELIDE LICON, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana IBEL GONZÁLEZ SANOJA, suficientemente identificadas en los autos, partes demandante en el juicio de DESALOJO, incoado contra el ciudadano JULIO ANTONIO PEÑA SILVA; todo conforme a lo consagrado en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia procédase como en sentencia en autoridad de cosa juzgada.
Archívese el presente expediente, una vez quede firme la presente decisión.