III
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: PROCEDENTE la solicitud de regulación de competencia interpuesto en fecha cinco (05) de Diciembre de Dos Mil Once (2011), por la abogada Lourdes Downing de Ariemma, actuando en su carácter de apoderado Judicial, de la Sociedad de Comercio CONPROGRESO, C.A., parte demandante, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha Veinticinco (25) de Noviembre de Dos Mil Once (2011), por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la que se declaro Incompetente por la Materia. Segundo: Se Declara INCOMPETENTE, al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, para conocer.....