Se publicó sentencia interlocutoria, mediante la cual se declara: IMPROCEDENTE, la medida cautelar solicitada por contentivo de actuaciones relativas a la acción de nulidad propuesta por los abogados: JOSE LUIS HERRERA, EVELIN MARCANO SILVA, JORGE JAVIER OTERO, ROSAURA OSORIO SANCHEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa CVG CARBONES DEL ORINOCO, C.A. (CVG CARBONORCA) contra la Providencia Administrativa distinguida con la nomenclatura Nº 2012-447, de fecha 05 de Septiembre de 2012, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLIVAR que ordena el reenganche del ciudadano OVIDIO RAMIREZ.