IV.- Decisión.-
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho realizados anteriormente, este Juzgado
Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del
estado bolivariano de Cojedes, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, se declara sobrevenidamente Incompetente por la
materia para conocer de la presente demanda de Cobro de Bolívares por Intimación de Honorarios
Profesionales, interpuesta por el ciudadano Miguel Ángel Ortega Arteaga, identificado con la Cédula
número V. 10.991.092, en contra del ciudadanos Francisco Javier Miranda, identificado con la Cédula
número V. 12.766.952; en consecuencia, Declina el conocimiento de la misma al Juzgado de Primera
Instancia Agrario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, órgano al cual se ordena
remitir las presentes actuaciones en la oportunidad de Ley. .....