VI.- DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con Lugar la demanda de reconocimiento de contenido y firma intentada por los ciudadanos Rozana Elimar Ariza Carpio y Elmer Javier Ariza Carpio, en su carácter de herederos de la ciudadana Mirian del Valle Carpio Velásquez (+), representados por los abogados Héctor Rafael Pérez y Elio Luis Méndez, respectivamente identificados en actas.
Segundo: Se declara reconocido en su contenido, firma y huella el documento privado de compra venta, de fecha catorce (14) de marzo del año dos mil diecisiete 2017, sobre un inmueble el cual está constituido por una parcela de terreno distinguido con el Nº. 7 de la terraza T-2, y la casa quinta sobre ella constru.....