-V-
Decisión
Por la razones expuestas en la presente medida y en torno al articulado legal y constitucional supra reseñado en la misma, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Negar la solicitud de decreto de la Perención Breve en la presente demanda, interpuesta por el abogado Briner Ali Daboin Andrade, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.605.102, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.590, actuando en su carácter de coapoderado judicial de la Sociedad Mercantil Quarter Horse San Fernando, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 04 de agosto de 2003, bajo el N° 12, Tomo 13-A, expediente 11540. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en.....