En fecha 23 de marzo de los corrientes, se recibe oficio Nº OCC-0097/2011, suscrito por los funcionarios encargados de la OCC de este Circuito Judicial del Trabajo, por medio del cual le informan al Tribunal que el ciudadano oferido retiró el cheque de la Oferta Real de pago consignada a su favor, pudiéndose evidenciar a los folios 25,26, 27 y 28 recibo de egreso correspondiente a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, constancia de recepción de cheque y copia del cheque, respectivamente, donde se aprecia que el ciudadano FRANKILN JOSE NADALES, titular de la cédula de identidad Nº 14.899.971, retiró su pago y así lo demuestra la firma a ruego y las huellas dactilares de los folios últimos señalados.
Siendo así, dichas informaciones atraídas de las actas, a quien le corresponde suscribir el presente fallo como Directora del Proceso, dados como están los extremos de Ley para que se imparta la debida homologación, actuando de conformidad con los artícul.....