En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con Competencia en el Territorio de los estados Cojedes, Aragua y Carabobo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de Medida cautelar de Suspensión de Efectos del acto administrativo dictado por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.T.I.), en Sesión N° 225-09 de fecha 25 de Febrero de 2009, punto de cuenta N° 001, solicitada por el profesional del derecho JOSE ENRIQUE LOPEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de las cédul de identidad N° 8.806.959 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 85.791, actuando con el carácter de co-apoderados judiciales de las Sociedades Mercantiles CORPORACIÓN VILLALCON C.A Y HACIENDA EL ANCON C.A, inscritas en Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 14 de octub.....