IV.- Decisión.-
Por las razones expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara:
Primero: Con lugar la demanda de Prescripción Adquisitiva interpuesta por la ciudadana Gregoria Rodríguez de Mercado, identificada con la Cédula de Identidad número V.4.096.670 en contra de los Herederos Desconocidos de la ciudadana María Ramona Martínez de Molina (+), identificada con la Cédula número V.33.767 y de Todas aquellas personas que se crean con derechos y/o tengan interés directo y manifiesto en la presente causa.-
Segundo: Se prescribe el derecho de propiedad que asistía a la ciudadana María Ramona Martínez de Molina(+), identificada con la cédula número V.33.767, sobre un lote de terreno ubicado en la ciudad y munici.....