III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por el ciudadano ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.095.035, con domicilio en Tinaco del estado Cojedes, asistido por el Abogado en ejercicio FRANCISCO ALBERTO MALDONADO MÁRQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142.625; y estudiado el caso cuestionado; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS, ya identificado en autos, el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías descrita en la solicitud presentada en fecha diecisiete (17) de diciembre de 2014, ubicada en el sector San Luis I,.....