Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve: UNICO: Homologar el acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Yoherli Dessired Torres Ávila, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.435.236, y el ciudadano Juan Carlos Mercado Quiroz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.776.359, a favor de sus hijos se omiten nombren de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna, de nueve (09), cinco (05) y cuatro (04) años de edad respectivamente, el cual quedó establecido de la siguiente manera: 1) Se establece por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de setecientos bolívares, (Bs.700,00) mensuales, a razón de trescientos cincuenta bolívares (Bs. 350;00) quincenales, mas diez.....