IV
DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con sede en San Carlos de Austria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara PRIMERO: Procedente la indexación monetaria solicitada por el abogado Accionante José Coromoto Colmenarez Chirinos. SEGUNDO: a los fines de preservar el valor de lo debido, se ordena mediante una experticia complementaria del fallo, a partir de la fecha en que fue admitida la demanda de aforo de honorarios, es decir, el 27 de marzo de 2017, hasta la publicación del presente dictamen, la cual deberá calcularse de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil con el nombramiento de un (1) solo perito, excluyendo los lapsos en que la causa se haya mantenido en suspenso p.....