III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la ciudadana: Nancy Dalila Henaui Salazar, asistida por la abogada Gilian Virginia Salazar, contra el auto de fecha trece (13) de octubre del año dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. SEGUNDO: CONFIRMA, el auto de fecha Trece (13) de octubre del año dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en cuanto a la Ratificación del auto de admisión de la demanda de fecha veinticinco (25) de septiembre del año dos mil catorce (201.....