Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADA la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por el ciudadano Ramón Acisclo Aular Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V-3.690.855, casado, domiciliado en el Municipio Tinaco del estado Cojedes, sector Polideportivo, calle Ángel Maria Garrido, casa sín número de la Ciudad de Tinaco Municipio Tinaco estado Cojedes asistido en este acto por la abogada en ejercicio Maria C. Duarte M., Inpreabogado No. 73.453, en consecuencia se da por concluida la causa y se ordena el archivo del expediente.