VII
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, por unanimidad; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: SE DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD de la decisión dictada en fecha 21 de Febrero de 2018, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó el decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad, y ordenó sustituirla por una medida cautelar sustitutiva de libertad bajo la modalidad de presentación periódica a favor del ciudadano LUIS DAVID GONZÁLEZ ROMÁN, en la causa identificada con el alfanumérico HP21-P-2016-002176, seguida en contra del mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, USO DE FACSÍMIL DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA A LA A.....