Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Medida Autónoma de Protección formulada por la Ciudadana MARISOL DARIAS MENDOZA, debidamente asistida por el Abogado SANTIAGO CASTILLO QUINTANA, por existir razones suficientes para el decreto de una medida cautelar de protección y de esta forma resguardar el bienestar colectivo, en consecuencia DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN a la producción agrícola del rubro Arroz, llevada a cabo por la Ciudadana MARISOL DARIAS MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.260.619, en un lote de terreno denominado Finca EL MILAGRO, ubicado en el sector La Doncella, Parroquia Libertad, Municipio Anzoátegui del estado Cojedes, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: con caserío la Doncella y ca.....