D E C I S I Ó N
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada ROMELIA COLLINS FERNANDEZ, en su carácter de Jueza de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, mediante acta de fecha 14 de abril de 2009, inserta a los folios diez (10) y once (11) de las presentes actuaciones. En consecuencia, se aparta del conocimiento de este asunto a la Jueza antes mencionada, ordenándosele, al Juez a quien se haya remitido la causa principal, seguir conociendo de la misma. Todo ello a los fines legales consiguientes.