DECISIÓN:
Se pasa a dictar, en consecuencia el auto de Apertura a Juicio de conformidad con el articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, separadamente, al ciudadano GOTOPO PACHECO JOSÉ ANTONIO: venezolano, titular de la cèdula de identidad Nº 20.488.714, natural del Baúl, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 13-06-1987, soltero obrero, Residenciado en la calle principal, del Sector la Palmita, casa S/N, Municipio Girardot, por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 en concordancia con el articulo 80 y 277 del Código Penal, en perjuicio de FELIX DE JESUS ALVAREZ ANAYA, Venezolano, natural de Colombia, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº 14.882.188, de 54 años de edad, fecha de nacimiento 31-03-1950, Residenciado en el Sector la Palmita, via Sucre, Municipio Girardot y el Estado Venezolano. SEPTIMO: Por cuanto el Ministerio Pùblic.....