V
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ABOG. RANDY OMAR CHÁVEZ DANIEL, en su carácter de Defensor Privado del Adolescente (identidad omitida), a quien se le sigue proceso por la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio de la ciudadana Adolescente (identidad omitida- occisa), en contra de la resolución judicial dictada en fecha 30 de Enero de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, por ser IRRECURRIBLE la decisión in comento.
Regístrese, notifíquese, déjese copia autorizada. CÚMPLASE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audi.....