DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario
de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el
conflito negativo de competência por el Territorio y la Cuantía, declarado de oficio por
el Juez Suplente Del Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil Del
Transito y Bancário de La Circunscripciòn Judicial Del Estado Cojedes, en fecha 29 de
enero Del 2020. Segundo: Se declara competencia en razón al Territorio y la
Cuantía, al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio
Falcón de la Circunscripción Judicial de Estado Cojedes, para conocer de la presente
demanda, contentiva de Interdicto de Perturbación de la Posesión, incoada por los
ciudadanos Evelio Rafael Camejo Medina y Librada Medina De Camejo contra la
ciudadana Adriana Lisset Camejo Medina. Tercero: Se Ordena remitir el presente
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