Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la Abogada LILIBETH SANDOVAL, actuando en su propio nombre y representación en su carácter de parte co-demandante, contra la decisión de fecha veintiocho (28) de enero de dos mil once (2011), mediante la cual este Tribunal negó la solicitud de Intimación Presunta del demandado, formulada por el Abogado CARLOS LUIS RAMOS SILVA, con fundamento en el artículo 216 del Código de Procedimiento Civil y Sentencia Nº 390 de fecha 30/11/00, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Có.....