lo procedente y ajustado a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el último aparte del artículo 384 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es dictar en este acto, las siguientes medidas de ejecución forzada de la sentencia: 1º. Oficiar al Director de la Zona Educativa Ministerio de Educación, con copia al Asesor Jurídico, oficina San Carlos estado Cojedes en su carácter empleador y de deudor de salarios y demás remuneraciones del obligado de manutención ciudadano, KAYSERLIN GUTIERREZ FLORES, a los fines de ordenar la retención de la cantidad de NOVECIENTO BOLÍVARES (Bs. 900), por concepto de deuda de obligación de manutención atrasada, correspondiente a los meses de: octubre, noviembre y diciembre de 2012. 2º. En los meses subsiguientes ordenar el descuento de la cantidad equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del salario mensual del obligado de manutención, por concepto de obli.....